Texto de la norma
JACINTO B. PEYNADO, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 68.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarentinueve de la Constitución del Estado;
VISTA la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía, ha elevado el señor Abraham Abukarma, palestino, mayor de edad, comerciante, natural de Nazaret, Palestina, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTO el inciso b) del artículo primero de la ley número 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y
CONSIDERANDO que el señor Abraham Abukarma justifica una residencia en el país no interrumpida de más de diez años;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización,
RESUELVO:
Art. 1.— Conceder carta de naturalización al señor Abraham Abukarma, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador de la provincia Duarte, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho fun-
cionario, de todo lo cual se levantará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Esta resolución será registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía, y de Relaciones Exteriores.
DADA en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de octubre del año mil novecientos treintiocho.
JACINTO B. PEYNADO.
Autorización al señor Osvaldo Bazil a aceptar y usar la condecoración de la Orden de "Isabel la Católica", en su grado de Gran Cruz y Banda.— G. O. No. 5235, del 29 de Octubre de 1938.
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