Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 1967.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarenta y nueve de la Constitución del Estado;
VISTO el artículo cuatro de la ley sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecunario;
VISTA la instancia que, por mediación de la Secretaría de Estado de Justicia y con fecha veintitrés de julio de mil novecientos treinta y siete, ha elevado el Presidente y demás miembros del antiguo Casino de Ocoa Inc., hoy Casino Presidente Trujillo, por la cual solicita que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los estatutos de dicha sociedad en Asamblea General celebrada el día veintidós de julio del presente año;
VISTA la Resolución de la mencionada Asamblea General, que contiene las modificaciones de que se trata;
CONSIDERANDO que es procedente acceder a lo solicitado,
RESUELVO:
UNICO. — Aprobar las modificaciones introducidas por la Asamblea General extraordinaria celebrada el día veintidós de julio del año en curso, en los estatutos del Casino de Ocoa Inc., hoy Casino Presidente Trujillo, sociedad incorporada de acuerdo con la ley de la materia.
DADA en San Cristóbal, Provincia Trujillo, residencia temporal del Poder Ejecutivo, a los diecisiete días del mes de agosto del año mil novecientos treinta y siete.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Carta de naturalización del señor San-Quintín Angélique. — G. O. No. 5065, del 26 de Agosto de 1937.
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