Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana. BENEFACITOR DE LA PATRIA.
NUMERO: 2316.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarentinueve de la Constitución del Estado;
VISTA la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía, ha elevado el señor Julio Francisco José García Decloet, mayor de edad, natural de Villa de Gand, Bélgica, de profesión Ingeniero Civil, domiciliado en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos anexos a la instancia;
VISTO el inciso b) del artículo primero de la ley número 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y
CONSIDERANDO que el señor Julio Francisco José García Decloet, justifica una residencia no interrumpida de más de diez años;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un
extrangero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización,
RESUELVO:
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Julio Francisco José García Decloet, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del gobernador de la provincia de San Pedro de Macorís, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se levantará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Esta resolución será registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía, y de Relaciones Exteriores.
DADA en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los diez y siete días del mes de junio del año mil novecientos treinta y ocho.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Carta de Naturalización del Señor Teófilo Carram Resek.— G. O. No. 5196, del 20 de Julio de 1938.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.