Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 2311.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarentinueve de la Constitución del Estado;
VISTA la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía ha elevado en fecha veinticuatro de mayo del año en curso, el señor Andrés Ruperto Delanoy, mayor de edad, natural de Curacao, Antilla Holandesa, de profesión sastre, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos anexos a la instancia;
VISTO el inciso b) del artículo primero de la ley número 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y
CONSIDERANDO que el señor Andrés Ruperto Delanoy justifica tener en la República una residencia no interrumpida de más de diez años;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extrangero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización,
RESUELVO:
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor An-
drés Ruperto Delanoy, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador de la Provincia de San Pedro de Macorís, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se levantará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Esta resolución será registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
DADA en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de junio del año mil novecientos treinta y ocho.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Concesión de la Orden del Mérito Juan Pablo Duarte, al Doctor Hans W. C. Tietje.— G. O. No. 5184, del 18 de Junio de 1938.
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