Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 851.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República;
Vista la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía, ha elevado el señor Cecilio Nieto, mayor de edad, de estado casado, de profesión comerciante, de nacionalidad cubana, domiciliado y residente en [domicilio omitido].
Visto el inciso b) del artículo primero de la Ley Nº 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y
Considerando que el señor Cecilio Nieto justifica una residencia en el país de más de diez años;
Considerando que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización,
He dictado la siguiente
RESOLUCION:
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Cecilio Nieto, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador de la Provincia del Seybo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Esta resolución será registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
Dada en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la República Dominicana, a los 4 días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta, año 97º de la Independencia, 78º de la Restauración y 11º de la "Era de Trujillo".
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Reglamento para el funcionamiento interno de la Secretaría de Estado de Comunicaciones.— G. O. Nº 5534, del 14 de Diciembre de 1940.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.