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Resolución

Resolución 635

APROBACION DE UNA ORDENANZA DEL AYUNTAMIENTO DE LA COMUN DE SAN JUAN DE LA MAGUANA SOBRE LA CREACION DE UN MERCADO PUBLICO EN LA SECCION DE "PEDRO CORTO"

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 abr de 1940fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 5442Gaceta Oficial del 1 ene de 1940
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Domingo Arsuaga (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 635. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso vigésimo-primero del artículo 49 de la Constitución del Estado; VISTA la ordenanza dictada por el Ayuntamiento de San Juan de la Maguana en fecha 18 de marzo de este año, mediante la cual crea un Mercado Público en la sección de "Pedro Corto", jurisdicción de esa común, y establece un arbitrio por concepto de ventas en dicho Mercado a cobrar de conformidad con la siguiente tarifa: Por cada bulto o carga que entre al Mercado o se sitúe en las inmediaciones del mismo, cuyo valor no pase de $0.50... $ 0.04 Por cada bulto o carga que pase de $0.50... 0.05 Por cada carga de mercancías... 0.50 Por cada res sacrificada para el consumo público que entre al Mercado... 0.20 Por cada cerdo sacrificado para el consumo público que entre al Mercado... 0.20 Por cada chivo o carnero sacrificado para el consumo público que entre al Mercado... 0.05 Por cada persona que entre al Mercado a vender comidas, por cada caldero... 0.05 Por cada pavo que sea introducido al Mercado.. 0.02 Por cada gallina guinea u otras aves de corral... 0.01; He dictado la siguiente RESOLUCION: UNICO:— Queda aprobado el arbitrio establecido por la ordenanza del Ayuntamiento de la común de San Juan de la Maguana arriba mencionada. DADA en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los 16 días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta, año 97º de la Independencia, 77º de la Restauración y 10º de la "Era de Trujillo". M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA. Concesión al Señor Domingo Arsuaga, Cónsul Honorario de la República en San Sebastián, España, de la condecoración de la Orden del Mérito "Juan Pablo Duarte", en el grado de Caballero.— G. O. Nº 5445, del 23 de Abril de 1940.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona