Texto de la norma
Núm. 4471.—RESOLUCION del P. E. relativa al cobro del 5 % destinado a la amortización de los billetes de banco.—G. O. Núm. 1565 del 29 de Octubre 1904.
CARLOS F. MORALES L.,
Presidente Constitucional de la República.
Considerando: que es preciso mantener en vigor el espíritu de la disposición que determinaba la amortización de los Billetes del Banco Nacional en forma de remates en esta ciudad y en la de Puerto Plata;
Considerando: que se hace preciso suspender los remates en Puerto Plata y con objeto de atender debidamente á los intereses de los particulares y del fisco;
Oido el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
DECRETO:
Art. 1º Que el producido del 5 % destinado á la amortización de los Billetes del Banco Nacional de Santo Domingo, se cobre en efectivo, para destinar las sumas que se recauden por ese concepto al fin indicado, por medio de remates en esta capital.
Art. 2º Que el producido de este impuesto que se recaude por las Aduanas de Monte Cristy, Sánchez, Samaná, Santo Domingo, San Pedro de Macorís, Azua y Barahona, se envíe á la Contaduría General de Hacienda, para que ésta á su vez lo haga á la Comisión incineradora de esta capital.
Art. 3º La ejecución del presente Decreto queda á cargo del Ministro de Hacienda y Comercio;
Art. 4º El presente Decreto deroga todo otro que le sea contrario, quedando por ello suprimida la Comisión incineradora de Puerto Plata, creada por Resolución del 30 de Julio próximo pasado.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, capital de la República, á los 22 días del mes de Octubre de 1904; año 61º de la Independencia y 42º de la Restauración.
MORALES L.
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio, interino, —Ml. Lamarche García.
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