GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana.
BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 2291.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarentinueve de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía, ha elevado el señor Rudolf Kohn, mayor de edad, natural de Austria, de profesión industrial, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTO el inciso c) del artículo primero de la ley número 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y
CONSIDERANDO que el señor Rudolf Kohn justifica una residencia no interrumpida en el país de más de cinco años y haber sostenido una industria durante todo ese tiempo;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extrangero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización,
RESUELVO:
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Rudolf Kohn, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario; de todo lo cual se levantará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Esta resolución será registrada en las Secretaría de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
DADA en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de junio del año mil novecientos treinta y ocho.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona