Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 1487.
En uso de la facultad que me confiere la Ley Nº 509, del 25 de julio de 1941, relativa al ejercicio de las profesiones de ingeniero y arquitecto;
Vista la instancia que por conducto del Director General de Obras Públicas ha elevado el señor Antonio Lendor en fecha 23 de enero de 1942, por la cual solicita que se le conceda el exequátur para ejercer la profesión de Ingeniero Práctico en todo el territorio de la República;
Visto el Certificado de Reconocimiento de los documentos probatorios de que el solicitante ha ejercido su profesión por el término legal, suscrito por la Comisión de Normas para Ingenieros y Arquitectos en fecha 5 de enero de 1942;
Considerando que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades y requisitos legales,
RESUELVO:
UNICO.— Otorgar, como por la presente otorgo al señor
Antonio Lendor el exequátur de ley para que pueda ejercer la profesión de Ingeniero Práctico en todo el territorio de la República, siempre que se ciña a las leyes y reglamentos de la materia.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 3 días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta y dos, año 98º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Decreto que rechaza parte no aprobada de reclamación por crédito contra el Estado, de Gumersinda Lora.—G. O. Nº 5703, del 7 de Febrero de 1942.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.