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Resolución

Resolución 473

CARTA DE NATURALIZACION DEL SEÑOR EDUARDO ALFREDO MORALES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 dic de 1939fecha
Otrastipo
G. O. 5392Gaceta Oficial del 1 ene de 1939
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
JACINTO B. PEYNADO, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 473. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución del Estado; VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía ha elevado el señor Eduardo Alfredo Morales, mayor de edad, de estado casado, profesión contable, ciudadano de los Estados Unidos de América, domiciliado y residente en [domicilio omitido]; VISTOS los documentos anexos a la instancia; VISTO el artículo primero, último párrafo, de la ley número 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y CONSIDERANDO que el señor Eduardo Alfredo Morales justifica una residencia en el país no interrumpida de más de dos años, y haber contraído matrimonio con una dominicana; CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización, He dictado la siguiente RESOLUCION: Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Eduardo Alfredo Morales, de las calidades arriba expresadas. Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial. Art. 3.—Esta resolución será registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores. DADA en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de diciembre del año mil novecientos treintinueve. JACINTO B. PEYNADO. Autorización a la Compañía Azucarera Boca Chica, C. por A., para utilizar braceros extranjeros.— G. O. N° 5390, del 9 de Diciembre de 1939.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona