Texto de la norma
JACINTO B. PEYNADO,
Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 473.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución del Estado;
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía ha elevado el señor Eduardo Alfredo Morales, mayor de edad, de estado casado, profesión contable, ciudadano de los Estados Unidos de América, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos anexos a la instancia;
VISTO el artículo primero, último párrafo, de la ley número 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y
CONSIDERANDO que el señor Eduardo Alfredo Morales justifica una residencia en el país no interrumpida de más de dos años, y haber contraído matrimonio con una dominicana;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización,
He dictado la siguiente
RESOLUCION:
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Eduardo Alfredo Morales, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.—Esta resolución será registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
DADA en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de diciembre del año mil novecientos treintinueve.
JACINTO B. PEYNADO.
Autorización a la Compañía Azucarera Boca Chica, C. por A., para utilizar braceros extranjeros.— G. O. N° 5390, del 9 de Diciembre de 1939.
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