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Resolución

Resolución 1340

AUTORIZACION PARA LA AFECTACION DE RENTAS CONTENIDAS CON EL CONTRATO CELEBREDO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE PUERTO PLATA Y EL SEÑOR JOSE TESSON

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 jul de 1937fecha
Préstamo o financiamientotipo
G. O. 5048Gaceta Oficial del 1 ene de 1937
Cámara de Diputadosórgano

Contraparte y monto

Contraparte
JOSE TESSON (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Art. 2.— Enviar la presente Ordenanza a la Honorable Cámara de Diputados para los fines de aprobación, sin cuyo requisito no será válida. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio Municipal de la ciudad de Barahona, a primero del mes de junio del año mil novecientos treintisiete.— (Fdos.) ENRIQUILLO MOTA, Presidente del Ayuntamiento.— JOSE A. ROBERT, Secretario. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, D. de S. D., República Dominicana, a los treinta días del mes de Junio del año mil novecientos treinta y siete; año 94° de la Independencia y 74° de la Restauración. El Presidente, Daniel Henríquez V. Los Secretarios: A. Font Bernard. T. E. Cordero. GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana BENEFACTOR DE LA PATRIA En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo treinta y siete de la Constitución del Estado, Promulgo la presente resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en la ciudad de San Cristóbal, Provincia Trujillo, residencia temporal del Poder Ejecutivo, a los dos días del mes de julio del año mil novecientos treinta y siete. RAFAEL L. TRUJILLO. Autorización para la afectación de rentas, contenidas en el contrato celebrado entre el Ayuntamiento de Puerto Plata y el señor José Tessón.— G. O. No. 5048, del 14 de Julio de 1937. LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA. NUMERO 1340. En ejercicio de la atribución que le confiere el inciso segundo del artículo veintidós de la Constitución del Estado; VISTA la constancia del contrato de préstamo intervenido entre la común de Puerto Plata y el señor José Tessón; CONSIDERANDO que procede impartir la autorización del contrato en referencia puesto que conlleva afectación de las rentas de la común de Puerto Plata, RESUELVE: UNICO:— Queda autorizada la afectación de rentas contenida en el contrato celebrado por el Ayuntamiento de la común de Puerto Plata con el señor José Tessón, con fecha veintiseis de Mayo del presente año, el cual dice así: "Por cuanto entre la común de Puerto Plata, de una parte, y el señor José Tessón, hacendado, casado, dominicano, domiciliado y residente en [domicilio omitido], de la otra parte, tuvo lugar un préstamo de cinco mil dólares, para devengar intereses de uno por ciento mensual, en fecha veinte de mayo de mil novecientos treinta, según pagaré que copiado a la letra dice así: "El Honorable Ayuntamiento de Puerto P

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona