Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en ciudad Trujillo, D. de S. D., República Dominicana, a primero de Julio de mil novecientos treinta y siete; año 94º de la Independencia y 74º de la Restauración.
El Presidente,
Daniel Henríquez V.
Los Secretarios:
A. Font Bernard.
Dr. José E. Aybar.
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA,
Presidente de la República Dominicana
BENEFACTOR DE LA PATRIA.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo treinta y siete de la Constitución del Estado,
PROMULGO la presente ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADO en la ciudad de San Cristóbal, Provincia Trujillo, residencia temporal del Poder Ejecutivo, a los dos días del mes de julio del año mil novecientos treinta y siete.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Aprobación de la Ordenanza del Ayuntamiento de Barahona por la cual dona al Estado varios predios de terrenos ubicados en aquella ciudad.— G. O. No. 5046, del 7 de Julio de 1937.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA.
NUMERO 1337.
VISTA la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común de Barahona en fecha primero del mes de junio del año mil novecientos treintisiete, por cuyo medio cede al Estado Dominicano todos sus derechos sobre el solar situado en la ciudad de Barahona en la esquina formada por las calles “Padre Billini” y “Enriquillo”, colindante por el Norte con propiedades que son del Señor Luis E. Delmonte y Sucesores del fina-
do Ignacio Suero; por el Sur, con la citada calle "Enriquillo", por el Este, con la también mencionada calle "Padre Billini", y por el Oeste, con propiedades de los Señores Enrique Quiñones y Altagracia Vda. Féliz;
VISTO el ordinal segundo del artículo veintidós de la Constitución de la República,
RESUELVE:
ARTICULO UNICO.— Aprobar, como por la presente Resolución aprueba, la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común de Barahona en fecha primero del mes de junio del año mil novecientos treinta y siete, que copiada a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.