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Resolución

Resolución 1522

QUE APRUEBA UNA ORDENANZA DEL AYUNTAMIENTO DE LA COMUN DE RAMON SANTANA ESTABLECIENDO UN IMPUESTO SOBRE ESPECTACULOS PUBLICOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 feb de 1942fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 5717Gaceta Oficial del 1 ene de 1942
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 1522. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 25º del artículo 49 de la Constitución de la República; Vista la Ley Nº 1416, de fecha 13 de noviembre de 1937, que establece un impuesto sobre espectáculos públicos y que autoriza a los Ayuntamientos a fijar el tipo de éste "para los bailes, velaciones y otros espectáculos de fines especulativos, cuyos ingresos se recauden en forma de contribuciones, donativos o de cualquier otro modo"; Vista la Resolución dictada por el Ayuntamiento de la Común de Ramón Santana en fecha 22 de enero de 1942, que fija para el cobro del impuesto de espectáculos públicos la suma de un peso oro; Considerando que de conformidad con el artículo 3 de la citada Ley Nº 1416, las resoluciones por las cuales los Ayuntamientos fijen los tipos del impuesto de espectáculos públicos requieren la aprobación del Poder Ejecutivo, He dictado la siguiente RESOLUCION: UNICO:— Queda aprobada la Resolución del Ayuntamiento de la Común de Ramón Santana, arriba mencionada. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 24 días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta y dos, año 98º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo. M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA. Decreto que aprueba la Tarifa de Salario Mínimo que debe pagarse en la República por la fabricación de camisas, pantalones, ropa interior para hombres y misceláneas.— G. O. Nº 5717, del 28 de Febrero de 1942.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona