jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 185

RESOLUCION APROBATORIA DE UN CONTRATO DE VENTA INTERVENIDO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y EL SR. NAPOLEON FERNANDEZ.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 dic de 1939fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 5391Gaceta Oficial del 1 ene de 1939
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
NAPOLEON FERNANDEZ (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de diciembre del año mil novecientos treinta y nueve, año 96º de la Independencia y 77º de la Restauración. El Presidente, A. Pellerano Sardá. Los Secretarios: Luis Sánchez A. A. Hoepelman. JACINTO B. PEYNADO, Presidente de la República Dominicana. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo treintisiete de la Constitución del Estado, PROMULGO la presente resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de diciembre del año mil novecientos treintinueve. JACINTO B. PEYNADO. Resolución aprobatoria de un contrato de venta intervenido entre el Estado Dominicano y el Sr. Napoleón Fernández.— G. O. Nº 5391, del 12 de diciembre de 1939. EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República. NUMERO 185. VISTO el inciso 24 del Artículo 33 de la Constitución Política del Estado, RESUELVE: UNICO:—Aprobar, como por la presente Resolución aprueba el CONTRATO intervenido en fecha veintidós de Noviembre de mil novecientos treinta y nueve, entre el Estado Dominicano y el señor Napoleón Fernández,, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona