Texto de la norma
vecientos treinta y nueve, año 96° de la Independencia y 76° de la Restauración.
El Presidente,
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
A. R. Nanita.
Manuel A. Amiama.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de Abril del año mil novecientos treinta y nueve; año 96° de la Independencia y 76° de la Restauración.
El Presidente,
A. Pellerano Sardá.
Los Secretarios:
Luis Sánchez A.
A. Font Bernard.
JACINTO B. PEYNADO,
Presidente de la República Dominicana.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo treintisiete de la Constitución del Estado,
PROMULGO la presente ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, en el "Listín Diario" y "La Opinión", para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de abril del año mil novecientos treintinueve.
JACINTO B. PEYNADO.
Preparación de dos Cuadros de Honor que contengan los nombres de los primeros Constituyentes de la República.— G. O. N° 5301, del 22 de abril de 1939.
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la República.
NUMERO 96.
En atención a que los primeros constituyentes de la República deben recibir por parte de nuestras instituciones legislativas la hora de que sus ilustres nombres figuren en
un ICuadro de Honor colmo corresponde a la trascendencia de s i
obra politica, fundamento de las institulciones del Elstado,
R E S , U E L V E :
Articulo Unico.-
Se dispone la preparacih, en pergami-
no de gran tamaiio, de dos Cuadros que contengan 10s nom-
bres de 10s primeros Constituyentes de la Repiiblica, en honra
de 10s mismos c m u suscribientes que fueron de nuestra Pri-
inera Carta Fundamental, y como acto de civica recordacibn
de ese trrascendental hecho hist6rico, base del Estado domi-
nkano, para ser colocados uno en e1 Senado y otro en la C h a r a
de Diputados.
IDADA en la Sala de Sesiones de la C h a r a de Diputados,
en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la
Bepublica Dorninicana, a 10s trece dias del mes de abril del
aiio <mil novecientos treinta y nueve; afio 96" de la Independen-
cia y 760 de la Restauracibn.
El Presidente,
A. Pellerano Sardh.
Los Secretarios :
Luis Sknehez A.
A. Font Bernard.
Dada en la sala de sesiones del Senado, en Ciudald Truji-
110, Distrito ,de Santo IDomingo, capital de la Rep6blica Domi-
nicana, a los dieciocho dias del mes de abril del afio mil nove-
cientos treinta y nueve, aiio 96" de la Independencia y 7G9 de
la IRestauraci6n.
iEl Presidente,
Porfirio Herrera.
Les ,SRcretarios :
A. R. Nanita
Manuel A. kmiama.
JACINTO B. PEYNADO,
Presidente de la Repiiblica Dorninicana.
En ejercicio de la atribuci6n que me confiere el artioulo
treintisiete de la Constituicih del Estado,
PROMULGO la presente resolucicjn, y mando que sea pu-
blicada en la Gaceta Oficial para s~ conmilmiento y cumpli-
miento.
DADA en Ciudad Trujillo, Capital de la Republica Domi-
nieana, a 10s veinte dias del mes de abril del aiio mil nave-
eientos treintinueve.
JAUNT0 B. PEYNADO.
Aprobacih de contrato de venta concluido eiltre el Estado y el Sefior
Guido D’Alessarldro.-G.
0. No. 5301, del 22 de abril de 1989.
EL CONGRESO NAOIONAL,
En Nombre de la Repliblica.
NUNLER’O 97.
En ejercicio de la atribucih que le confiere el ordinal
2140. del aiticulo 33 de la Constitucibn de la Bepablica, ha die-
tado la siguiente
R2~soLu~c~on
;
ART. UNIC0:-Queda
apmbado el contrato de venta con-
cluido entre el Estado y el seiior Guido D’ Alessandro en feuha
primer0 del mes de abril de mil novecientos treinta y nueve, y
cuyo tenor es el siguiente: “Entre el Elstado Dominicano, re-
presentado legalmente por el Secretario de Estado del Tesoro
y Comercio, seiior Federico \Garcia Go%y hijo, previa aproba-
ci6n del Poder Ejecutivo, contenida en el oficio No. 33161, sus-
crito en fecha 21 de febrero de 19318 por el seiior Sub-Secreta-
rio de Estado de la Presidencia, de una parte, y el seiior Guido
D‘Alesisandro, Mayor del Ejkrcito, !de este domicilio y residen-
cia, de otra parte, se ha convenido el siguiente C‘OINTJLATO
DE VBINTA: Articulo Primero.-
El Estado Dominicano ven-
de por el presente acto al Mayor Guido D‘Alessandro, quien
JQ acepta, un solar situado en esta ciudad en el barrio de Gaz-
cue, marealdo con el nlSlmero 8 de la manzana No. 153 del Dis-
t r i b Castatral No. 1, con un
&rea de mil odhenta y nueve
metros, s4enta decimetros cuadrados
(l;089 [mts. ‘70 des.),
y con las siguientes colindanlcias : a1 INorte, calle ‘%acirniin” ;
a1 ,Este, calle ‘‘IDlr. Delgado”, a1 Sur, solar No. 1 y Hermanos
Marchena
Ellis, y a1 Oeste, calle “tGalvAn”.--
Articulo Se-
,gunIdo.- El precio )de la presente venta ha sido canvenido en
la suma de seiscientos cincuenta y tres pesos ouarenta cen-
tavos moneda nacional ($6513.401), es decir, a r a z h de sesenta
centavos $0.160 el metro cua.drado, suma que ha reicibido el
vendedor en cheque certificaklo No. 13167, expetlido a favor del
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.