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Resolución

Resolución 1208

PRORROGA DE LA LEGISLATURA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 nov de 1936fecha
Otrastipo
G. O. 4963Gaceta Oficial del 1 ene de 1936
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, D. de S. D., República Dominicana, a los cuatro días del mes de noviembre del año mil novecientos treinta y seis, año 93º de la Independencia y 74º de la Restauración. El Presidente, Mario Fermín Cabral. Los Secretarios: Dr. Lorenzo E. Brea. D. A. Rodríguez. GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana BENEFACTOR DE LA PATRIA En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo treinta y siete de la Constitución, PROMULGO la presente ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADO en Ciudad Trujillo, capital de la República, el día diez del mes de noviembre del año mil novecientos treinta y seis. RAFAEL L. TRUJILLO. Prórroga de la Legislatura.— G. O. No. 4963, del 14 de Noviembre de 1936. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 1208. VISTO el Artículo 29 de la Constitución Política del Estado, DECLARADA LA URGENCIA, RESUELVE: ARTICULO UNICO.— Prorrogar hasta por sesenta días más, y desde el día catorce del presente mes de Noviembre, la Legislatura ordinaria que se inició el día 16 de Agosto de 1936. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, D. de S. D., República Dominicana, a los diez días del mes de noviembre del año mil novecientos treinta y seis; año 93º de la Independencia y 74º de la Restauración. El Presidente, Daniel Henríquez V. Los Secretarios: A. Font Bernard. Dr. José E. Aybar. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, D. de S. D., República Dominicana, a los once días del mes de noviembre del año mil novecientos treinta y seis, año 93º de la Independencia y 74º de la Restauración. El Presidente, Mario Fermín Cabral. Los Secretarios: Dr. Lorenzo E. Brea. D. A. Rodríguez. GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo treinta y siete de la Constitución, PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Capital de la República, el día once del mes de noviembre del año mil novecientos treinta y seis. RAFAEL L. TRUJILLO Designación del puente sobre el río Camú, en la carretera Rincón-San Francisco de Macorís, con el nombre de "Erciná Chevalier.—G. O. No. 4964, del 16 de Noviembre de 1936. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona