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Resolución

Resolución 2061

APROBACION DE RESOLUCION DEL AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO, POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO SEGUNDO DE LA QUE FUE APROBADA POR RESOLUCION DEL PODER EJECUTIVO N° 1735, DEL 17 DE NOVIEMBRE DE 1936

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 dic de 1937fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 5102Gaceta Oficial del 1 ene de 1937
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA. NUMERO 2061. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso vigésimo primero del artículo cuarenta y nueve de la Constitución del Estado, VISTA la ordenanza dictada por el ayuntamiento de Santiago el día diez y seis de noviembre del presente año, por la cual se modifica el artículo segundo de la ordenanza dictada por el mismo ayuntamiento en fecha 30 de octubre de 1936, aprobada por resolución del Poder Ejecutivo número 1735, de fecha 17 de noviembre de 1936; VISTO el párrafo catorce del artículo cuarenta y cuatro de la ley de organización comunal; CONSIDERANDO que la ordenanza que ahora se somete mantiene los razonables tipos de derechos establecidos por la que dictó el mismo ayuntamiento de Santiago en fecha 30 de octubre de 1936, y únicamente modifica a esta última ordenanza, en lo relativo a la interpretación que debe seguirse para la aplicación de los derechos fijados por la misma, RESUELVO: UNICO.— Queda aprobada la ordenanza dictada por el ayuntamiento de Santiago el día diez y seis de noviembre del presente año, por la cual se modifica el artículo segundo de la que fué dictada por el mismo ayuntamiento de Santiago en fecha 30 de octubre de 1936, y aprobada por resolución del Poder Ejecutivo No. 1735, de fecha 17 de noviembre de 1936, que dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona