Texto de la norma
Aprobación de los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el el año 1936.— G. O. No. 5017, del 24 de abril de 1937.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República.
NUMERO 1284.
VISTO el inciso 23 del artículo 33 de la Constitución:
VISTO el examen hecho de los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1936:
CONSIDERANDO que dichos actos son ajustados a la Constitución y a las Leyes.
DECLARADA LA URGENCIA,
RESUELVE:
ART. UNICO:— Quedan aprobados todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1936, por ser ajustados a la Constitución y a las Leyes.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, D. de S. D., República Dominicana, a los quince días del mes de abril del año mil novecientos treinta y siete, año 94° de la Independencia y 74° de la Restauración.
El Presidente,
Los Secretarios:
Mario Fermín Cabral.
M. de Moya Jr.
Félix Ma. Nolasco.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, D. de S. D., República Dominicana, a los veintiún días del mes de abril del año mil novecientos treinta y siete; año 94° de la Independencia y 74° de la Restauración.
El Presidente,
Daniel Henríquez V.
Los Secretarios:
T. E. Cordero.
A. Font Bernard.
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA,
Presidente de la República Dominicana.
BENEFACTOR DE LA PATRIA.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo treinta y siete de la Constitución del Estado,
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.