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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 1146

APROBACION DE RESOLUCION DEL AYUNTAMIENTO DE LA VEGA PARA VENDER UNA CASA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 ago de 1936fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 4939Gaceta Oficial del 1 ene de 1936
Cámara de Diputadosórgano

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, República Dominicana, a los trece días del mes de agosto del año mil novecientos treinta y seis, año 93º de la Independencia y 73º de la Restauración. El Presidente, Mario Fermín Cabral. Los Secretarios: M. de Moya Jr. José Fermín Pérez. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, D. de S. D., República Dominicana, a los diez y nueve días del mes de agosto, del año mil novecientos treinta y seis; año 93o. de la Independencia y 74o. de la Restauración. El Presidente, Miguel Angel Roca. Los Secretarios: Dr. José E. Aybar. A. Font Bernard. PROMULGADA.— En consecuencia, mando y ordeno que la presente ley sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento, cumplimiento y ejecución. DADO en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los veintiun días del mes de agosto del año mil novecientos treinta y seis. RAFAEL L. TRUJILLO. Aprobación de resolución del Ayuntamiento de La Vega para vender una casa.— G. O. No. 4939, del 2 de Septiembre de 1936. LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA NUMERO 1146. VISTA LA ORDENANZA dictada por el Honorable Ayuntamiento de la Común de La Vega en fecha 14 del mes de abril del año 1936, por cuyo medio se dispone la venta de una casa propiedad del Municipio; CONSIDERANDO que la referida casa se halla en malas condiciones y que el citado Ayuntamiento no juzga conveniente hacer gastos para su reparación; VISTO el apartado segundo del artículo veintidos de la Constitución, DECLARADA LA URGENCIA RESUELVE: ARTICULO UNICO:—Aprobar, como por la presente Resolución aprueba la Ordenanza dictada por el Honorable Ayuntamiento de la Común de La Vega en fecha catorce del mes de abril del año mil novecientos treinta y seis, por cuyo medio se dispone la venta de una casa propiedad del Municipio, y que copiada a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona