Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, D. de S. D., República Dominicana, a los trece días del mes de agosto del año mil novecientos treinta y seis, año 93º de la Independencia y 73º de la Restauración.
El Presidente,
Mario Fermín Cabral.
Los Secretarios:
M. de Moya Jr.
José Fermín Pérez.
PROMULGADA.— En consecuencia, mando y ordeno que la presente ley sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento, cumplimiento y ejecución.
DADO en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de agosto del año mil novecientos treinta y seis.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Aprobación de resolución del ayuntamiento de San Cristóbal que modifica la del 30 de Julio de 1920, sobre venta de solares, cambiando la especialización de los fondos.— G. O. No. 4936, del 26 de Agosto de 1936.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA.
NUMERO 1144.
VISTA la Ordenanza dictada por el Honorable Ayuntamiento de la Común de San Cristóbal, por cuyo medio se cambia la especialización de los fondos provenientes de la venta de solares;
VISTA la Orden Ejecutiva número QUINIENTOS CUARENTITRES de fecha once de Setiembre del año mil novecientos veinte, que autoriza a dicho Ayuntamiento a vender la cantidad de TRESCIENTOS solares de la propiedad del Municipio, que establece la especialización de los fondos producidos por ese concepto para la adquisición y sostenimiento de una planta eléctrica;
CONSIDERANDO que el Honorable Ayuntamiento de la Común de San Cristóbal desea que el producido de la venta de los solares que aún no han sido vendidos sea especializado para imprimir el mayor desarrollo y adelanto posibles a las obras
de ornato y embellecimiento de la Ciudad de San Cristóbal, y VISTO el ordinal segundo del artículo vigésimo segundo de la Constitución,
DECLARADA LA URGENCIA RESUELVE:
ARTICULO UNICO:— Aprobar, como por la presente Resolución aprueba la Ordenanza dictada por el Honorable Ayuntamiento de la Común de San Cristóbal en fecha veintinueve de abril del año mil novecientos treinta y seis, por cuyo medio se cambia la especialización de los fondos provenientes de la venta de solares, y que copiada a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.