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Resolución

Resolución 1107

APROBACION DEL PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCION GENERAL DE CONCILIACION INTERAMERICANA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 may de 1936fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 4916Gaceta Oficial del 1 ene de 1936
Congreso Nacionalórgano

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
DADA en la sala de sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, República Dominicana, a los doce días del mes de mayo del año mil novecientos treinta y seis; año 93º de la Independencia y 73º de la Restauración. El Presidente, Miguel Angel Roca. Los Secretarios: A. Font Bernard. E. Brache Viñas. PROMULGADA.— En consecuencia, mando y ordeno que la presente resolución sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento, cumplimiento y ejecución. DADA en la Mansión Presidencial, en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de mayo del año mil novecientos treinta y seis. RAFAEL L. TRUJILLO. Aprobación del Protocolo Adicional a la Convención General de Conciliación Interamericana.— G. O. No. 4916, del 24 de Junio de 1936. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 1107. VISTO el inciso décimo quinto del art. treinta y tres de la Constitución Política del Estado, RESUELVE: ART. UNICO.— Aprobar, como por la presente resolución aprueba, el Protocolo Adicional a la Convención General de Conciliación Interamericana votada en Montevideo el veintiseis de diciembre de mil novecientos treinta y tres por la Séptima Conferencia Internacional Americana, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona