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Resolución

Resolución 1076

APROBACION DE LA CONVENCION PARA LA CREACION DE JUNTAS PANAMAERICANAS DE COMERCIO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 mar de 1936fecha
Otrastipo
G. O. 4889Gaceta Oficial del 1 ene de 1936
Convención Nacionalórgano

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
días del mes de marzo del año mil novecientos treinta y seis, año 93º de la Independencia y 73º de la Restauración. El Presidente, Mario Fermín Cabral. Los Secretarios: Dr. Lorenzo E. Brea. Porfirio Herrera. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, D. de S. D., República Dominicana, a los once días del mes de marzo del año mil novecientos treinta y seis, año 93º de la Independencia y 73º de la Restauración. El Presidente, Miguel Angel Roca. Los Secretarios: Dr. José E. Aybar. J. M. Vidal V. PROMULGADA.— En consecuencia, mando y ordeno que la presente ley sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento, cumplimiento y ejecución. DADO en la Mansión Presidencial, en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los diez y siete días del mes de marzo del año mil novecientos treintiseis. RAFAEL L. TRUJILLO. Aprobación de la Convención para la creación de Juntas Panamericanas de Comercio.— G. O. No. 4889, del 28 de Marzo de 1936. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 1076. VISTO el inciso 15 del artículo 33 de la Constitución RESUELVE: APROBAR como por la presente resolución aprueba, la Convención para la creación de Juntas Panamericanas de Comercio que copiada a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona