Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 1226.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución del Estado, y vista la ley No. 669, promulgada el día 19 de Abril de 1934;
VISTA la instancia que, con fecha del 8 de febrero de 1935, y por mediación de la Secretaría de Estado de Trabajo, Agricultura, Industria y Comercio, me ha dirigido el Señor Frederick W. Ward, industrial, residente en [domicilio omitido]; por la cual solicita que se le otorgue permiso para efectuar exploraciones en la provincia del Seybo, en busca de minerales metálicos y no metálicos;
CONSIDERANDO que el solicitante ha cumplido todos los requisitos legales;
RESUELVO:
UNICO.— Otorgar permiso al Señor Frederick W. Ward para efectuar exploraciones en busca de minerales metálicos y no metálicos en la provincia del Seybo, con excepción de petróleo e hidrocarburos análogos, los cuales están comprendidos en el permiso otorgado al Señor Coronel John Whitney Lewis por
resolución No. 970, del 27 de Abril de 1934. Este permiso será válido por un año, y con sujeción a todas las exigencias de la ley.
DADA en la Mansión Presidencial, en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, el día veinte y uno de febrero del año mil novecientos treinta y cinco.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Consejo de la Orden del Mérito "Juan Pablo Duarte".— G. O. No. 4770, del 27 de Febrero de 1935.
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