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Resolución

Resolución 782

APROBACION DE LA CONVENCION SOBRE DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTADOS FIRMADA EN MONTEVIDEO EN 1933

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 nov de 1934fecha
Otrastipo
G. O. 4738Gaceta Oficial del 1 ene de 1934
Convención Nacionalórgano

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de Noviembre del año mil novecientos treinta y cuatro; años 91° de la Independencia y 72° de la Restauración. El Presidente, Miguel Angel Roca. Los Secretarios: Dr. J. E. Aybar. J. M. Vidal V. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de Noviembre del año mil novecientos treinta y cuatro; años 91° de la Independencia y 72° de la Restauración. El Presidente, Mario Fermín Cabral. Los Secretarios: Dr. Lorenzo E. Brea. D. A. Rodríguez. Ejecútese, comuníquese y publíquese en todo el territorio de la República para su conocimiento y cumplimiento. DADA en el Palacio del Ejecutivo, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de Noviembre del año mil novecientos treinta y cuatro. RAFAEL L. TRUJILLO Aprobación de la Convención sobre Derechos y Deberes de los Estados, firmada en Montevideo en 1933.— G. O. No. 4738 del 24 de Noviembre de 1934. EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República NUMERO 782. VISTO el inciso quince del artículo treinta y tres de la Constitución del Estado, DECLARADA LA URGENCIA, HA DADO LA SIGUIENTE LEY: ART. UNICO:— Queda aprobada la Convención sobre Derechos y Deberes de los Estados, suscrita en la Séptima Conferencia Internacional Americana, celebrada en Montevideo, en Diciembre del año mil novecientos treinta y tres, cuyo texto es el siguiente

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona