Texto de la norma
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA,
Presidente de la República.
BENEFACTOR DE LA PATRIA.
HAGO SABER: que el Congreso ha votado y yo he promulgado la siguiente Resolución:
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la República
NUMERO 931.
CONSIDERANDO: que por decreto del Honorable Presidente de la República y Benefactor de la Patria, Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, de fecha 31 de mayo de este año, le ha sido concedida al señor William E. Pulliam la condecoración de Comendador de la Orden de Mérito Juan Pablo Duarte, en razón de haber prestado durante más de veinte años con fervorosa y constante dedicación servicios de considerable trascendencia al magno proyecto del Faro a Colón;
CONSIDERANDO: que el iniciador de esta obra fué el señor William E. Pulliam, en el año de 1914; que fué él quien la lanzó al mundo en la forma y del modo que el mundo entero la ha acogido y será llevada a cabo;
RESUELVE:
Enviar como por la presente envía un aplauso por su justiciera decisión al Honorable Presidente y Benefactor de la Patria, porque ella consagra de ahora y para siempre el justo mérito a que se ha hecho acreedor el señor William E. Pulliam como iniciador del Faro Monumental a Colón que se erigirá en la costa sur de la isla de Santo Domingo.
Dada en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Santo Domingo, D. N., República Dominicana, a los veinticinco días del mes de Junio del año mil novecientos treinta y cinco; año 92º de la Independencia y 72º de la Restauración.
El Presidente,
Mario Fermín Cabral.
Los Secretarios:
Dr. Lorenzo E. Brea.
Emilio A. Morel.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Santo Domingo, D. N., República Dominicana, a los veinticinco días del mes de junio del año mil novecientos treinta y cinco; años 92º de la Independencia y 72º de la Restauración.
El Presidente,
Miguel Angel Roca.
Los Secretarios:
J. M. Vidal V.
Dr. José E. Aybar.
POR TANTO: mando y ordeno que se publique en todo el territorio de la República, se cumpla y ejecute la presente Resolución, en todas sus partes.
Dada en la Mansión Presidencial, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, a los veintiseis días del mes de junio del año mil novecientos treinta y cinco.
RAFAEL L. TRUJILLO,
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