Texto de la norma
Electoral, del modo siguiente: "Cuando el Secretario de la Junta Central Electoral haya recibido un expediente de apelación, lo comunicará seguido al Presidente, quien fijará la fecha en que deba tener lugar la vista de la causa."
Art. 2.— No se dará curso a ninguna impugnación o apelación que se presente tardíamente ante una Junta Electoral cualquiera.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los diez días del mes de Abril del año mil novecientos veinticuatro.
J. B. VICINI BURGOS
Refrendado:
Rafael Rincón,
Secretario de Estado de lo Interior y Policía.
Refrendado:
J. Furcy Castellanos F.,
Secretario de Estado de Justicia é Instrucción Pública.
Refrendado:
J. Arismendi Robiou,
Sub-Secretario de Estado de lo Interior y Policía.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS,
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3530.
NUMERO 231.
En virtud de los poderes de que estoy investido,
RESUELVO:
1.— Nombrar a los Señores:
Valentín Jiménez, Presidente de la Junta Municipal Electoral de la Común de Los Llanos;
Eleodoro Eusebio, 1er. Sustituto de Presidente de la Junta Municipal Electoral de la Común de Los Llanos;
Miguel Angel Rodríguez, 1er. Vocal de la Junta Municipal Electoral de la Común de Los Llanos;
Francisco Vásquez, 1er. Sustituto de 1er. Vocal de la Junta Municipal Electoral de la Común de Los Llanos;
Francisco Sosa H., 2do. Sustituto de 2do. Vocal de la Junta Municipal Electoral de la Común de Los Llanos;
Manuel Emilio Hernández, Sust. Secretario de la Junta Municipal Electoral de la Común de Los Llanos;
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, a los once días del mes de Abril del año mil novecientos veinticuatro.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendada:
Rafael Rincón,
Secretario de Estado de lo
Interior y Policía.
Refrendada:
J. Furcy Castellanos F.
Secretario de Estado de Justicia
é Instrucción Pública.
Refrendada:
J. Arismendi Robiou.
Sub-Secretario de Estado de lo
Interior y Policía.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS,
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3535.
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