Texto de la norma
Aprobación de modificación de una ordenanza del Ayuntamiento de Puerto Plata sobre venta de terrenos.— G. O. No. 4789, del 27 de Abril de 1935.
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA.
NUMERO 892.
VISTO el Inciso 2do. del Artículo 22 de la Constitución del Estado,
RESUELVE:
UNICO:— Aprobar, como por la presente Resolución aprueba, la Resolución dictada por el Honorable Ayuntamiento de la Común de Puerto Plata, que copiada a la letra, dice así: "EL AYUNTAMIENTO DE LA COMUN DE PUERTO PLATA,
CONSIDERANDO: que la Resolución de este Ayuntamiento de fecha 6 de Febrero de 1934, aprobada por la Cámara de Diputados el 11 de Abril de 1934, G. O. No. 4669, en su artículo primero no determina la distancia —que debió fijarse— para la venta de terreno de la Común por metro cuadrado en la Carretera "Luperón"; que es de todo punto necesario aclarar esto para que los solicitantes en compra puedan darse exacta cuenta hasta qué distancia, en la Carretera "Luperón", se aplicará el tipo de no menos de $0.20 para la venta del metro cuadrado de terreno; que esa omisión ha ocasionado el que hasta la fecha no se hayan vendido terrenos del Ayuntamiento en la Carretera "Luperón" y que se necesita urgentemente reunir fondos para mejorar el Mercado Público de esta ciudad, el cual se halla, desde hace tiempo, en malas condiciones, y realizar las demás obras mencionadas en la citada Resolución;
En uso de las atribuciones que le confiere la Ley de Organización Comunal,
RESUELVE:
Modificar el apartado primero de la citada Resolución, en el sentido siguiente:
1.— Vender en la Carretera "Luperón", hasta el Kilómetro 1, y Ensanche "Miramar", hasta 50.000 metros cuadrados, a no menos de $0.20 el metro.
a)— Vender en la Carretera "Luperón", desde el Kilóme-
tro 1, a la quebrada "El Mamey", en Sabana Grande, hasta 80 tareas de terrenos, a no menos de $7.00 la tarea.
Enviar la presente Resolución a la Honorable Cámara de Diputados para su aprobación.
DADA en la Sala Capitular, a los seis días de Noviembre de mil novecientos treinticuatro.— El Presidente: L. Ariza Julia.— El Secretario: Luis Fondeur".
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Santo Domingo, D. N., República Dominicana, a los diez y seis días del mes de Abril del año mil novecientos treinta y cinco; año 92º de la Independencia y 72º de la Restauración.
El Presidente,
Miguel Angel Roca,
Los Secretarios:
Dr. José E. Aybar.
J. M. Vidal V.
Ejecútese, comuníquese y publíquese para su conocimiento y cumplimiento en todo el territorio de la República.
Dada en la Mansión Presidencial, en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez y siete días del mes de abril del año mil novecientos treinta y cinco.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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