Texto de la norma
Aprobación de venta de terrenos por el ayuntamiento de Puerto Plata.— G. O. No. 4669 del 11 de Abril de 1934.
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA.
NUMERO 659.
VISTO el Inciso 2 del Artículo 22 de la Constitución del Estado,
RESUELVE:
ARTICULO UNICO:— Aprobar, como por la presente Resolución aprueba, la Resolución dictada por el Honorable Ayuntamiento de la Común de Puerto Plata, que copiada a la letra, dice así:
CONSIDERANDO: que es de inaplazable necesidad reconstruir el Mercado Público, por encontrarse en deplorable estado, en violación de las disposiciones del Código Sanitario vijente, y el cual, además, desdice mucho de la cultura de este pueblo;
CONSIDERANDO: que también es indispensable hacer cierta mejora en las represas del "Violón" y "Saltadero", y con el fin de obtener mayor caudal de agua para las necesidades de la población;
CONSIDERANDO: que el Ayuntamiento posee una gran porción de terrenos rurales que apenas producen beneficios, en las secciones denominadas "Isabel de Torres", "Los Mameyes", "Los Domínguez", "Cafemba", Ensanche "Miramar" y Carretera "Luperón", terrenos que pueden ser vendidos para obtener recursos para la realización de las obras mencionadas.
Por tanto:
RESUELVE:
1.— Vender en la Carretera "Luperón" y Ensanche "Miramar", hasta 50,000 metros cuadrados, a no menos de $0.20 el metro cuadrado.
2.— Vender en "Isabel de Torres", hasta 2,000 tareas de terrenos, a no menos de $5.00 la tarea.
3.— Vender en "Los Domínguez", hasta 500 tareas de terrenos, a no menos de $5.00 la tarea.
4.— Vender en "Los Mameyes", hasta 500 tareas de terrenos, a no menos de $5.00 la tarea.
5.— Vender en "Cafemba", hasta 500 tareas de terrenos a no menos de $5.00 la tarea.
6.— Vender de los terrenos situados en el camino Puerto Plata-Bajabonico, hasta 200 tareas de terrenos, a no menos de $5.00 la tarea.
7.— DEDICAR el producto de las ventas para la reconstrucción de un Mercado Público y mejoramiento urgente del acueducto municipal.
8. — Enviar la presente Resolución a la Honorable Cámara de Diputados para su aprobación.
Dada en la Sala Capitular de Puerto Plata, a los seis días de Febrero de 1934.— Firmados:— El Presidente del Ayuntamiento: L. Ariza Julia.— El Secretario: Luis Fondeur.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de Abril del año mil novecientos treinticuatro; Años 91 de la Independencia y 71 de la Restauración.
El Presidente:
Miguel Angel Roca.
Los Secretarios:
L. E. Henríquez Castillo
Dr. A. Pepén,
Ejecútese, comuníquese y publíquese en todo el territorio de la República, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en el Palacio del Ejecutivo, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de Abril del año mil novecientos treinta y cuatro.
RAFAEL L. TRUJILLO,
Presidente de la República.
Refrendado:
Porfirio Herrera,
Secretario de Estado de la Presidencia.
Refrendado:
T. Pina Chevalier,
Secretario de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina.
Autorización para la trasmisión de anuncios comerciales por la Estación Radiodifusora del Gobierno.— G. O. No. 4670 del 14 de Abril de 1934.
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la República
DECLARADA LA URGENCIA
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.