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Resolución

Resolución 270

AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DE MACORIS A VENDER LAS PROPIEDADES MUNICIPALES QUE FIGURAN EN LA RESOLUCION DE ESE AYUNTAMIENTO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 nov de 1925fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 3698Gaceta Oficial del 1 ene de 1925
Cámara de Diputadosórgano

Texto

Texto de la norma
HORACIO VASQUEZ, Presidente de la República. Refrendado: Luis Pelletier, Secretario de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina. Refrendado: Dr. A. M. Soler, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores. LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA. G. O. No. 3698. NUMERO 270. Vista la Resolución dictada por el Ilustre Ayuntamiento de la Común de San Pedro de Macorís en fecha 11 de Agosto de 1924; Visto el Art. 22. apartado 2o. de la Constitución, RESUELVE: Primero:— Autorizar, como por la presente Resolución autoriza, al Ilustre Ayuntamiento de San Pedro de Macorís, a vender las propiedades municipales que figuran en la Resolución de ese Ayuntamiento, cuyo texto se copia a continuación §.—Las ventas se efectuarán en pública subasta acogiéndose como precio de primera puja a las sumas anotadas al pié de cada propiedad, de acuerdo con el informe rendido a dicho Ayuntamiento, de la Comisión compuesta por el Ingeniero Municipal y dos Regidores del mismo nombrado para el efecto. "EL AYUNTAMIENTO DE LA COMÚN DE SAN PEDRO DE MACORIS, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES, RESUELVE: Art. 1o.— Poner en venta las siguientes propiedades, pertenecientes al Ayuntamiento de esta Común de San Pedro de Macorís, cuyo producido será dedicado exclusivamente a la construcción de un Palacio Municipal. Una casa de maderas, techada de zinc, situada en la calle "Rafael Deligne", con las siguientes colindancias:: al Norte y al Sur, Sucs. de Simón Valdés y G. H. Goodin; al Este, calle "Rafael Deligne", y al Oeste, su fondo.—$3.760.00. Una casa de maderas, techada de zinc, situada en la calle "Independencia", No. 10, con las siguientes colindancias: al Norte, calle "Independencia", al Sur, su fondo; al Este, propiedad de Eugenio Cestero, y al Oeste, propiedad de Rolando Martínez.—$3.000.00. Una casa de madera, techada de zinc, situada en la calle "General Cabral", esquina a "Mella", con las siguientes colindancias: al Este y Sur, frentes; al Norte, propiedad de Manuela Cuello, y al Oeste, propiedad de Félix Rodríguez.—$1.748.00. Una casa de maderas, techada de zinc, situada en la calle "Adelanto", con las siguientes colindancias: al Este, su frente: al Oeste, Norte y Sur, solares yermos.—$902.00. Una casa de maderas techada de zinc, situada en la calle "Anacaona Moscoso", con las siguientes colindancias: al Norte, su frente, al Sur, su fondo; al Este, propiedad de Josefa de Soto, y al Oeste, propiedad de Santiago Melo.—$2.000.00. Una casa de maderas, techada de zinc, en la calle "10 de Septiembre", con las colindancias: al Norte su fondo: al Este, propiedad de Antonio de Castro; al Oeste propiedad de Emilio Mayer; y al Sur, calle "10 de Setiembre".—$1.200.00. Una casa de maderas, techada de zinc, situada en la calle "Sánchez", con las siguientes colindancias: al Este, calle "Sánchez"; al Oeste, su fondo; al Norte, propiedad de J. R. Monzón; y al Sur, propiedad de la Iglesia Metodista.—$2.207.00. Un chalet de concreto, situado en la calle "Sánchez", con las siguientes colindancias: al Este, calle "Sánchez"; al Oeste, su fondo; al Norte, propiedad de Gabriel del Castillo, y al Sur, terrenos del Hospital San Antonio.—$5.010.00. Una casa de concreto, situada en la Avenida "General Ramón Mella", con las siguientes colindancias: al Este, la avenida "General Ramón Mella"; al Oeste, Norte y Sur, propiedades de Sucs. Castillo Ordoñez.— Valor $2.340.00. Una casa de madera, techada de zinc, situada en el ensanche "Buena Vista", con las siguientes colindancias: al Sur, su frente; al Norte, su fondo; al Este, propiedad de T. Ceara; y al Oeste, propiedad de Rosendo Cadena.— Valor $781.00. Art. 2o.— La presnte Resolución será enviada a la Honorable Cámara de Diputados de la República, para su aprobación. Dada en la Sala de Sesiones del Ayuntamiento de San Pedro de Macorís, a los once días del mes de Agosto del año mil novecientos veinticuatro. (F'do.) Roque Del Guidice, Presidente del Ayuntamiento. (Fdo.) Mario Caminero Sánchez, Secretario. Segundo:— Autorizar, como por la presente Resolución se autoriza, al mismo Ayuntamiento de San Pedro de Macorís, a vender de acuerdo con el Párrafo del artículo primero, las siguientes propiedades: a)—Una casa en Villa Providencia, colindando con propiedades de los Sres. Lic. Porfirio Herrera, Juan Z. Guzmán y Miguel Benzo y una calle sin nombre.—$1.000.00. b)—Una casa, antiguo Depósito Municipal, colindando con propiedades de los Sres. Abelardo Rodríguez C., Eugenio Cestero, Julián Elsevyf Rademaker y la calle "Benito Monción". Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de Octubre de mil novecientos veinticinco, año 82o. de la Independencia y 63o. de la Restauración. El Presidente, E. Bonetti Burgos. Los Secretarios, Juan de J. Curiel. Ml. R. Castellanos, Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su conocimiento y cumplimiento. Dado en la Mansión Presidencial, en la ciudad de Santo Domingo,, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de Noviembre del año mil novecientos veinticinco.

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