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Resolución

Resolución 2456

DEL C. N. MANDANDO A ADMITIR EN LOS REMATES DE LA DEUDA PUBLICA EL RECONOCIMIENTO EXPEDIDO POR LA CONTADURIA GENERAL EL 14 DE AGOSTO DE 1878

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 may de 1886fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2456.—RESOLUCION del C. N. mandando á admitir en los remates de la deuda pública el reconocimiento expedido por la Contaduría General el 14 de Agosto de 1878. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República. Vista la solicitud que en fecha 24 del corriente elevó á este Alto Cuerpo el ciudadano Manuel de J. Rodríguez, por la cual pide se autorice la acreencia que contra el Estado tiene, montante á la suma de dos mil ochocientos pesos, para que se admita en los remates de la deuda pública interior. Atendiendo: que la circunstancia de tratarse de una acreencia legalmente reconocida, es motivo para que en ley de justicia se atienda al reclamo del ciudadano Manuel de J. Rodríguez, y que por motivos ajenos de su voluntad no presentó en oportunidad á la Junta Liquidadora para su canje por títulos de la deuda pública interior. RESUELVE: Art. 1º Que se admita en los remates de la deuda pública interior, la suma de dos mil ochocientos pesos, representada en una acreencia contra el Estado, la que es el reconocimiento expedido por la Contaduría General de Hacienda en fecha 14 de agosto de 1878, registrado bajo el No. 80. Art. 2º La Contaduría General tomará nota y razón de la cantidad, número del reconocimiento, y pondrá al respaldo de él: “Amortícese en remates según resolución del Congreso Nacional de fecha 30 de mayo de 1886”. Art. 3º La presente resolución será enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República, á los 30 días del mes de mayo de 1886, año 43 de la Independencia y 23 de la Restauración. El Presidente, Juan F. Sánchez.—Los Secretarios, F. Leonte Vásquez.— J. M. Molina. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. El Presidente de la República, A. W. y Gil. El Ministro de Hacienda y Comercio, R. R. Boscowitz.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona