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Resolución

Resolución 2429

DEL C. N. MANDANDO A PAGAR POR LA ADMINISTRACION DE MONTE CRISTY UNA ACREENCIA DEL CIUDADANO ENRIQUE G. GALICIA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 abr de 1886fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2429.—RESOLUCION del C. N. mandando á pagar por la administración de Monte Cristy una acreencia del ciudadano Enrique G. Galicia. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República. Vista la instancia que el ciudadano Enrique Guzmán Galicia dirigió á este Alto Cuerpo en fecha 3 de los corrientes, pidiendo se le satisfaga la cantidad de dos mil ciento nueve pesos, veintinueve centavos fuertes, que proveyó siendo Administrador de Hacienda de la provincia de La Vega en el año de 1874, conforme á los documentos que acompañan la instancia de referencia. Considerando: que los documentos justificativos de la acreencia del ciudadano Enrique G. Galicia, comprueban de una manera evidente la legalidad de la reclamación, circunstancia que añadida á la oportunidad del servicio que en aquella época prestara el peticionario. RESUELVE: Unico: Que por la Administración de Rentas Unidas de Monte Cristy se pague al ciudadano Enrique G. Galicia la suma de dos mil ciento nueve pesos veintinueve centavos, que suministró en el año 1874, siendo Administrador de Hacienda de la provincia de La Vega, para atenciones del servicio público. La presente resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines de ley. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 30 días del mes de abril de 1885, año 42 de la Independencia y 22 de la Restauración. El Presidente.—F. Pérez García.—Los Secretarios, Antonio F. Soler.—Federico Perdomo. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República, para su cumplimiento. Dado en Santo Domingo, capital de la República, á los 10 días del mes de abril de 1886, año 43 de la Independencia y 23 de la Restauración. El Presidente de la República, A. W. y Gil. Refrendado: El Secretario de Estado en los Despachos de Hacienda y Comercio, R. R. Boscowitz.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona