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Resolución

Resolución 2322

DEL C. N. AUTORIZANDO AL AYUNTAMIENTO DE MOCA PARA CONTRATAR LA CONSTRUCCION DE UN MERCADO, Y PARA QUE AUMENTE EL DERECHO MUNICIPAL QUE COBRA POR CARGA O QUINTAL DE FRUTOS DE EXPORTACION

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 abr de 1885fecha
Contrato o conveniotipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2322.—RESOLUCION del C. N. autorizando al Ayuntamiento de Moca para contratar la construcción de un mercado, y para que aumente el derecho municipal que cobra por carga ó quintal de frutos de exportación. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República. Considerando: que el Honorable Ayuntamiento de Moca, en una comunicación dirigida á este alto Cuerpo, solicita autorización para contratar en forma de concesión con uno ó más individuos, la construcción de un mercado público; así como el permiso para aumentar á diez centavos el derecho municipal que allí se paga por carga ó quintal de los frutos de exportación. Considerando: que un mercado público, en una población culta, es una necesidad de primer orden. Considerando: que aquel Ayuntamiento no cuenta con los recursos indispensable para construirlo por su propia cuenta. Considerando: que el aumento solicitado del derecho municipal que allí se paga sobre quintal ó carga de los frutos de exportación, en nada perjudica á los exportadores, y sí aumenta el capital para el sostenimiento de la instrucción pública. RESUELVE: Art. 1º Autorizar al Ayuntamiento de Moca á contratar, en forma de concesión con uno ó más individuos, y sin que se perjudiquen los intereses de la común, la construcción de un mercado público en aquella plaza. Art. 2º Permitir al mismo Ayuntamiento el aumento que solicita, en el derecho municipal que dicha corporación cobra por carga o quintal de los frutos de exportación, elevándolo á diez centavos. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional á los 15 días del mes de Abril de 1885, año 42 de la Independencia y 22 de la Restauración.—El presidente, F. Pérez García.—Los secretarios: J. Santiago de Castro, Antonio F. Soler. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 21 días del mes de Abril de 1885, año 42 de la Independencia y 22 de la Restauración.—El Presidente de la República, Francisco Gregorio Billini.—Refrendado: El Secretario de Estado de lo Interior y Policía, Federico Lithgow.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona