Texto de la norma
Núm. 2271.—RESOLUCION del C. N. votando en el presupuesto la suma de $2000 para la estatua de Colón.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República.
Vista la exposición del Honorable Ayuntamiento de esta ciu-
dad, de fecha 28 de Mayo del presente año, dirigida á este Alto Cuerpo, en la cual se ponen de manifiesto los esfuerzos hechos por esa digna corporación con el laudable propósito de reunir con el concurso de todas las corporaciones, sociedades é individuos de la República, la suma que se requiere para llevar á debido efecto la erección de una estatua en honor de Don Crostóbal Colón, Primer Almirante de las Indias.
Atendiendo: que la cantidad reunida por medio de la suscripción popular ha sido insignificante, y que aún falta una suma considerable para cubrir aquella en que fué convenida la construcción de dicha obra.
Considerando: que por decreto de fecha 25 de Octubre del año de 1880 (1), se votó la suma de $10.000 para la erección de un monumento en honor del descubridor de la América, y que es deber de la Nación dar cumplido acatamiento en los límites posibles á esa disposición, tendiente á tributar un homenaje de veneración y gratitud á la memoria del esclarecido navegante.
RESUELVE:
Art. 1º Se vota en el presupuesto de gastos públicos y aplicado al capítulo de gastos extraordinarios, la suma de $2.000 que como parte de lo que se votó por decreto de fecha 25 de Octubre de 1880, se destina á la erección de la estatua de Don Crostóbal Colón, Descubridor de la América; cuya suma será entregada en la forma y modo que sea más cómodo á la hacienda pública y al Honorable Ayuntamiento de esta ciudad, para los fines indicados.
Art. 2º La presente resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, en Santo Domingo, Capital de la República, á los 27 días del mes de Julio de 1884, año 41 de la Independencia y 21 de la Restauración.—El Presidente, A. Deetjen.—Los Secretarios: F. Perdomo, J. Santiago de Castro.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
(1) V. Núm. 1895.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, á los 28 días del mes de Julio de 1884, año 41 de la Independencia y 21 de la Restauración.—El Vice-Presidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo, Cro. N. de Moya.—Refrendado: El Ministro de Guerra y Marina, encargado de los Despachos de Hacienda y Comercio, A. Wes y Gil.
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