Texto de la norma
Núm. 2237.—RESOLUCION del C. N. mandando abonar al gobierno de S. M. B. la diferencia de moneda en el pago de 5000 libras esterlinas.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República.
Visto el oficio que el ciudadano Ministro de Hacienda y Comercio dirije á este Alto Cuerpo, con traslado de otro que le dirigiera el vice-Cónsul de S. M. B., en fecha 18 del mes próximo pasado, reclamando la diferencia que resulta de las £5.000 libras pagadas por el Gobierno de la República, en la reclamación del "Telégrafo", cuya diferencia procede del cambio
de la moneda mejicana con que se efectuó el pago, arrojando un balance de £702 en favor del Gobierno de S. M. B.
RESUELVE:
Unico. Que por la Contaduría General de Hacienda se ordene el pago de las £702 del apartado del 2% sobre aforo destinado á la deuda extranjera, en la forma y modo con que hasta la fecha se ha venido amortizando aquella deuda.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 24 días del mes de Mayo del año 1884, año 41 de la Independencia y 21 de la Restauración.—El Presidente, A. Deetjen.—Los Secretarios: J. Mª Recio, F. Perdomo.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 5 días del mes de Junio de 1884, año 41 de la Independencia y 21 de la Restauración.—El Presidente de la República, U. Heureaux.—Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio, Eugenio Generoso Marchena.
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