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Resolución

Resolución 2164

DEL C. N. CONCEDIENDO PENSIONES A VARIOS BENEMERITOS DE LA PATRIA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 jul de 1883fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2164.—RESOLUCION del C. N. concediendo pensiones á varios beneméritos de la Patria. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República. Atendiendo á los servicios prestados á la patria en varias ocasiones por el general Pedro Tomás y los coroneles Vidal Pichardo y Fermín González. Atendiendo: á que los dos primeros pagaron con sus vidas dichos servicios, pues fueron pasados por las armas en la ciudad de Santiago de los Caballeros, á principios de la gloriosa guerra Restauradora, y que el último es un anciano valetudinario; y Considerando: que es deber del Estado premiar los servicios prestados á la República, poniendo á los que se señalaron en defensa de ella, ó á sus viudas, al abrigo de la indigencia. Visto el informe de la comisión de hacienda, RESUELVE: Art. 1º Desde el 1º de Julio próximo se acordará una pensión de veinte pesos mensuales á cada una de las viudas del general Pedro Tomás y coronel Vidal Pichardo, y una pensión de quince pesos mensuales al coronel Fermín González. Art. 2º Dichas pensiones serán votadas con cargo á gastos extraordinarios en el presupuesto general. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 23 días del mes de Julio de 1883, año 40 de la Independencia y 20 de la Restauración.—El presidente, A. Deetjen.—Los secretarios: S. A. de Moya, E. Morel. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los 23 días del mes de Julio de 1883, año 40 de la Independencia y 20 de la Restauración.—El Presidente de la República, Ulises Heureaux.—Refrendado: El Ministro de Guerra y Marina, encargado de los Despachos de Hacienda y Comercio, A. Woz y Gil.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona