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Resolución

Resolución 2216

DEL C. N. AUTORIZANDO AL AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN A ENAJENAR VEINTE SOLARES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 abr de 1884fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2216.—RESOLUCION del C. N. autorizando al Ayuntamiento de San Juan á enajenar veinte solares. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República. Considerando: Que el artículo 68 de la ley de Ayuntamientos autoriza á esas corporaciones á enajenar parte de sus rentas, siempre que venga apoyado por el Gobernador de la provincia, y se destinen dichos valores al ornato público. Considerando: Que la religión del Estado, es católica apostólica y romana, y que por tanto corresponde á la Nación contribuir por cuantos medios estén á su alcance al mayor explendor del culto. RESUELVE: Unico. Autorizar al honorable Ayuntamiento de San Juan á enajenar veinte solares pertenecientes á dicho Municipio, invirtiendo exclusivamente su importe para contribuir á la conclusión de la iglesia y cementerio de aquella común. Dado en la sala de sesiones del Congreso Nacional á los 18 días del mes de Abril del año 1884, 41 de la Independencia y 21 de la Restauración.—El presidente, A. Deetjen.—Los secretarios: J. M. Recio, J. Santiago de Castro. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en Santo Domingo, Capital de la República, á los 21 días del mes de Abril de 1884, 41 de la Independencia y 21 de la Restauración.—El Presidente de la República, U. Heureaux.—Refrendado: El Secretario de Estado en los Despachos de lo Interior y Policía.—W. Figuereo.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona