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Resolución

Resolución 1104

AUTORIZAR AL AYUNTAMIENTO DE LA COMUN DE MONTE CRISTY PARA QUE PUEDA ENAJENAR A TITULO GRATUITO Y A FAVOR DE LA IGLESIA CATOLICA, UNA CASA SITUADA ENTRE LAS CALLES "JOSE A. SALCEDO" Y "FEDERICO GARCIA DE LA CIUDAD DE MONTE CRISTY

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 abr de 1929fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 4082Gaceta Oficial del 1 ene de 1929
Cámara de Diputadosórgano

Texto

Texto de la norma
HORACIO VASQUEZ, Presidente de la República. REFRENDADO: Luis Ginebra, Secretario de Estado de la Presidencia. REFRENDADO: Dr. J. D. Alfonseca. Secretario de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina. LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA. G. O. No. 4082. NUMERO 1104. VISTA la Instancia del Ilustre Ayuntamiento de la Común de Monte Cristy de fecha 27 de Setiembre del año 1928, VISTO el Art. 22 Párrafo 2o. de la Constitución del Estado, RESUELVE: Art. UNICO:— Autorizar al Ayuntamiento de la Común de Monte Cristy para que pueda enajenar a título gratuito y a favor de la Iglesia Católica, una casa situada entre las calles "José A. Salcedo" y "Federico García" de la Ciudad de Monte Cristy. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de Abril de mil novecientos veintinueve, años 86o. de la Independencia y 66o. de la Restauración. El Vice-Presidente en funciones, David Santamaria. Los Secretarios: Juan de Js. Curiel. Andrés Cordero. Ejecútese, comuníquese por las Secretarías de Estado correspondientes, publicándose en todo el territorio de la República para su conocimiento y cumplimiento. Dado en la Mansión Presidencial, en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de Abril del año mil novecientos veintinueve.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona