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Resolución

Resolución 2518

DEL P. E. PRORROGANDO POR UN AÑO MAS LA CONCESION OTORGADA AL SR. ANTONIO L. NASICA PARA EXPLOTAR UNA MINA DE COBRE EN CAMBITA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 feb de 1887fecha
Concesióntipo
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Antonio L. Nasica (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 2518.—RESOLUCION del P. E. prorrogando por un año más la concesión otorgada al Sr. Antonio L. Nasica para explotar una mina de cobre en Cambita. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux, General de División del Ejército Nacional y Presidente de la República. Por cuanto en fecha 15 de febrero último se ha dirigido al Ministerio de Fomento el Sr. Henri Thonasset, ciudadano francés, residente en [domicilio omitido]. Nasica, actualmente en París, concesionario de una mina de cobre nativo situada en la Sección de "Cambita" y en terrenos del Estado, según plano que figura en el expediente de su razón;—Atendiendo á que deben considerarse como originados de fuerza mayor los motivos que han impedido hasta el presente al peticionario dar comienzo á la explotación de las minas indicadas en la concesión;—Atendiendo á que existiendo motivos para esperar que pronto se dará principio á explotaciones de minas en el país, es conveniente sostener una concesión que en manos del actual poseedor pueda llegar á verse puesta en próxima ejecución y convertirse en venero de riqueza pública;—Visto el artículo 52, inciso 12, de la Constitución del Estado, y de acuerdo con el Consejo de Secretarios de Estado;—Resuelvo:—Acordar al señor Antonio L. Nasica, la prórroga de un año más, que se contará desde el 21 de los corrientes, para que pueda dar principio á la explotación de la mina de cobre nativo a que se refiere la concesión de fecha 21 de febrero de 1885.—Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los veinte y seis días del mes de febrero de 1887; año 43 de la Independencia y 24 de la Restauración. U. HEUREAUX. Refrendada.—El Ministro de Fomento &.—J. T. MEJIA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona