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Resolución

Resolución 2130

DEL C. N. APROBANDO LA CONVENCIO CONSULAR

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 jun de 1883fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2130.—RESOLUCION del C. N. aprobando la Convención Consular. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.— El Congreso Nacional, en nombre de la República. Vista y examinada la Convención Consular que, en fecha 25 de Octubre del próximo pasado año celebró en París el señor Baron Emanuel de Almeda, Ministro Plenipotenciario de la República Dominicana, con el señor Eugenio Duclerc, Ministro de Relaciones Exteriores de la República Francesa, en representación de ella, RESUELVE: Unico: Aprobar en todas sus partes la mencionada Convención Consular. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 7 días del mes de Junio de 1883, 40 de la Independencia y 20 de la Restauración.—El presidente, A. Deetjen.—Los secretarios: S. A. de Moya. E. Morel. Por tanto, y habiendo sido la referida Convención aceptada por Nos, y habiendo precedido la anuencia y sanción del Congreso Nacional, que por decreto de 7 del mes actual prestó soberanamente su consentimiento y aprobación, hemos venido en confirmar y ratificar todos y cada uno de los artículos y cláusulas que en ella se contienen; y en esta virtud, la confirmamos y ratificamos, comprometiendo el honor nacional para cumplirla y observarla, y hacer que se cumpla y se observe en todas sus partes. En fé de lo cual, hemos firmado las presentes, selladas con el gran Sello de la República y refrendadas por el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores. Dado en Santo Domingo, Capital de la República, á los 22 días del mes de Junio de 1883, año 40 de la Independencia y 20 de la Restauración.—U. Heureaux.—Refrendado: El Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, encargado de los Despachos de lo Interior y Policía, Segundo Inbert.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona