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Resolución

Resolución 2426

DEL C. N. MANDANDO QUE SEA ACEPTADO POR LAS COMISIONES DE REMATES UN VALE EXPEDIDO POR LA ADMINISTRACION DE LA VEGA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 abr de 1886fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2426.—RESOLUCION del C. N. mandando que sea aceptado por las comisiones de remates un vale expedido por la administración de La Vega. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República. Vista la solicitud dirigida á este Alto Cuerpo por la señora Caridad Monte de Oca, viuda de Valencia, por la que pide que el documento No. 63 expedido por la Administración de Hacienda de La Vega, por un valor de seiscientos veinte pesos noventa y siete cts. fuertes procedentes de suministros hechos á dicha Administración, le sean pagados ó canjeados por títulos de la deuda pública. Considerando: Que dado el estado exhausto de la hacienda no es posible resolver el pago como sería de justicia, y que no existiendo ninguna oficina de emisión de títulos de la deuda interior, tampoco se puede ordenar el canje solicitado; y que este Alto Cuerpo solo puede ordenar que el referido documento sea aceptado por las Comisiones de Remates como si fuera título de deuda interior; RESUELVE: Art. único: que el reconocimiento por seiscientos veinte pesos, noventa y siete cts. expedido por la Administración de Hacienda de La Vega en fecha 31 de enero de 1883, registrado al No. 63, sea aceptado por las comisiones de Remates como título de la deuda pública interior. § La Contaduría General de Hacienda anotará ese documento en esta forma: "Acéptese por las Comisiones de Remates como título de la deuda interior, según resolución del Congreso Nacional de fecha 31 de marzo de 1886". La presente resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 31 días del mes de marzo de 1886, año 43 de la Independencia y 23 de la Restauración. El Presidente, Alejandro S. Vicioso.—Los Secretarios, S. A. de Moya, Enrique Henríquez. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República, para su cumplimiento. Dado en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República, á los 10 días del mes de abril de 1886, año 43 de la Independencia y 23 de la Restauración.—El Presidente de la República, Alejandro Wos y Gil.—Refrendado: El Secretario de Estado en los Despachos de Hacienda y Comercio, R. R. Boscowitz.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona