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Resolución

Resolución 2098

DEL P. E. SOBRE PAGO DE DERECHO DE LOS OBJEROS TRAIDOS A LA MANO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 dic de 1882fecha
Otrastipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2098.—RESOLUCION del P. E. sobre pago de derecho de los objetos traídos á la mano. (1) Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Casimiro N. de Moya, general de división del ejército nacional, vice-Presidente de la República y encargado del Poder Ejecutivo. En atención á que desde hace tiempo vienen las interventorías de aduana cobrando por sí mismas los derechos de objetos traídos á la mano, y en consideración de que aquellas oficinas no están autorizadas por la ley para cobrar ninguna clase de impuestos. Atendiendo: á que el valor del papel sellado que para manifiestos y planillas exigen dichos derechos, casi nunca está en relación con el monto de ellos. Atendiendo: á que es preciso regularizar aquella práctica, conformándola á los trámites que exige la ley. (1) V. la R. del C. N. fecha 4 de Julio de 1883. RESUELVO: Art. 1º Desde la publicación de la presente, los derechos de artículos traídos á la mano y que antes se pagaban al contado en las aduanas, se satisfarán en las administraciones de hacienda correspondientes, previas las formalidades de manifiestos y planillas que se harán en papel común. Art. 2º Los dueños de los efectos no podrán extraerlos de las aduanas sin presentar á éstas el recibo donde conste haber pagado los derechos. Dada en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los 20 días del mes de Diciembre de 1882, año 39 de la Independencia y 20 de la Restauración.—Casimiro N. de Moya.--Refrendada: El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio, Eugenio Generoso Marchena.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona