Texto de la norma
Núm. 2093.—RESOLUCION del P. E. mandando dar entrada en la Contaduría general á la cantidad de ochocientas mil piezas de nickel, representando un valor de $15000.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Casimiro N. de Moya, general de división del ejército nacional, vice-Presidente de la República y encargado del Poder Ejecutivo.
Vista la comunicación dirigida al Ministerio de Hacienda y Comercio por los señores Alfredo Pou y compañía de esta plaza,
(1) V. Núm. 638.
y los documentos que á ella acompañan, dando cuenta del encargo que el Gobierno les confiriera en fecha 20 de Mayo del presente año, para la acuñación de quince mil pesos de monedas de nickel del valor de uno y cuarto y dos y medio centavos fuertes.
Atendiendo: á que la cuenta que presentan se halla de acuerdo con el contrato celebrado en New York con el señor Benoit Maclin para efectuar la dicha acuñación; y que los gastos, intereses, comisiones y cambio, han sido cargados en conformidad al convenio que les autorizara á hacer la operación.
RESUELVO:
Art. 1º Que por la Contaduría general se haga la recepción de la cantidad de ochocientas mil piezas de nickel de uno y cuarto, y dos y medio centavos, mitad de cada tipo, dando entrada en el tesoro á esa especie, con cargo de la suma de quince mil pesos, cuyo valor representa y por el cual deberá circular.
Art. 2º Que una vez verificada por los señores Alfredo Pou y compañía la entrega del total de la acuñación, conforme á lo prescrito por el artículo anterior, se manda pagar por la Contaduría general á los dichos señores la suma de doce mil quinientos pesos, montante de que son acreedores según cuenta presentada.
Art. 3º Que los dos mil quinientos pesos restantes se pongan á disposición del Municipio de esta Capital, por el órgano correspondiente, para que, como contribución del Gobierno, los aplique á la erección del monumento que debe elevarse en esta ciudad al Gran Descubridor Don Cristóbal Colón.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, á los 6 días del mes de Diciembre de 1882, año 39 de la Independencia y 20 de la Restauración.—Cro. N. de Moya.—Refrendada: El Ministro de Hacienda y Comercio.—Eugenio Generoso Marchena.
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