Texto de la norma
Núm. 2090.—RESOLUCION del P. E. mandando se practiquen elecciones municipales en algunos puntos de la Vega y Santiago.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Casimiro N. de Moya, general de división del ejército nacional, vice-Presidente de la República y encargado del Poder Ejecutivo.
Considerando: que no han tenido lugar, en la fecha señalada por el artículo 79 de la Constitución del Estado, las elecciones para regidores y síndico de los Ayuntamientos en varias comunas de las provincias de Santiago y La Vega; y
Considerando: que según el párrafo del artículo 114 del mismo Pacto fundamental, el ejercicio de los actuales Ayuntamientos debe cesar en el presente año, debiendo verificarse su renovación por el voto directo conforme al artículo 73.
De acuerdo con el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
RESUELVO:
1º Quedan nuevamente convocadas las asambleas electorales de aquellas comunes de las provincias de Santiago y La Vega en que no se hayan verificado las elecciones de regidores y síndico de los Ayuntamientos respectivos.
2º Las elecciones tendrán lugar en los días 29, 30 y 31 de Diciembre corriente.
3º El Secretario de Estado en los Despachos de Interior y Policía dictará las disposiciones convenientes para que las elec-
ciones tengan lugar en todas las comunes que se hallen en el caso previsto por la presente resolución.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, á los 5 días del mes de Diciembre de 1882, año 39 de la Independencia y 20 de la Restauración.—Cro. N. de Moya.—Refrendada: El Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, encargado de los Despachos de lo Interior y Policía, Segundo Imbert.
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