Texto de la norma
Núm. 2082.—RESOLUCION del P. E. habilitando para importación el puerto de San Pedro de Macorís. (1)
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux, general de división del ejército nacional y Presidente de la República.
Considerando: que la mira principal que tuvieron los habitantes de San Pedro de Macorís al pedir la erección de aquella común en distrito marítimo, fué la de que por tal reforma quédase habilitado su puerto para el comercio extranjero de importación, como lo estaba ya al de exportación.
Considerando: que si el Congreso Nacional no dió un decreto especial que así lo declarase, ha debido ser porque juzgaba implicitamente habilitado aquel puerto al erigir el distrito; y
Atendiendo: á la necesidad de evitar las dudas que sobre tal punto han recaído, con perjuicio de los grandes intereses que se fomentan en aquella localidad,
RESUELVO:
1º Se considera habilitado al comercio extranjero de impor-
tación y exportación el puerto de San Pedro de Macorís por el mismo decreto que erigió en distrito marítimo aquella sección del país.
2º El Congreso Nacional, en su próxima reunión ordinaria, regularizará esta disposición si hallare que no está de acuerdo con el sentido del decreto de fecha 10 de Junio del corriente año. (1)
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 25 días del mes de Octubre de 1882, año 39 de la Independencia y 20 de la Restauración.—U. Heureaux.—Refrendada: El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio, Eugenio Generoso Marchena.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.