Texto de la norma
Núm. 2039.—RESOLUCION del C. N. prorrogando á "La Republicana", por diez años, el término de la concesión del edificio del teatro. (1)
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República.
Vista la solicitud motivada que al Congreso Nacional ha dirigido la sociedad "La Republicana"; y en uso de la 18ª atribución del artículo 25 de la ley sustantiva del Estado,
RESUELVE:
Art. 1º Prorrogar á la Sociedad "La Republicana" por diez años más, que se contarán desde el 26 de Mayo de 1899 -día del vencimiento del plazo de 20 años concedido- al 26 de Mayo de 1909, el término de la concesión vigente del edificio nombrado "ex-Colegio de Jesuistas" en que se halla el teatro erigido por la sociedad "Amantes de las letras", y restablecido por la sociedad "La Republicana".
Art. 2º Autorizar á la sociedad literaria "La Republicana" para que pueda arrendar el todo ó parte de las anexidades en
(1) V. núm. 595 y 1678.
ruina del citado edificio -á quien ó quienes lo soliciten con el objeto de reedificarlas ó usarlas-, á fin de aplicar el producto del arriendo á reparaciones, mejoras y conservación del teatro de "La Republicana".
Art. 3º La sociedad literaria "La Republicana" no podrá trasferir la gracia que se le acuerda por esta resolución, sino á otra sociedad que se encargue del mismo objeto: la conservación y mejora del teatro erigido en el expresado edificio.
Art. 4º El Poder Ejecutivo pondrá á la sociedad "La Republicana" en posesión del título, haciendo publicar esta resolución en la Gaceta Oficial para que surta sus efectos legales.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 8 días del mes de Julio de 1882, año 39 de la Independencia y 19 de la Restauración.—El presidente, A. Deetjen.—Los secretarios: Pedro Mª Bastardo, S. A. de Moya.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 10 días del mes de Julio de 1882, año 39 de la Independencia y 19 de la Restauración.—El Presidente de la República, Fernando A. de Meriño.—Refrendado: El Secretario de Estado de Justicia, Fomento é Instrucción Pública, Eusebio Grullón.
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