Texto de la norma
Núm. 2000.—RESOLUCION del C. N. autorizando al P. E. para que haga acuñar la cantidad de quince mil pesos en moneda de nikel.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República.
Atendiendo: á que la falta de moneda menuda de cambio que facilite las operaciones del comercio y los particulares, sobre todo en las compras y ventas de los artículos de necesidad y
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consumo general, origina dificultades a1 pueblo, especialmente 6
la clase pobre,
RESUELVE :
Art. 1 9 Autorizarse a1 Poder Ejecutivo para que haga acv-
fiar la cantidad de quince mil pesos fuert3es en moneda de nikel
del valor de des y medio centavos y de un centavo y cuarto, igual
en peso y aleaci6n
la que actualmente circula en esta Capital ;
determinando cuanto sea conveiiiente B la mejor administracih
y distribuci6n de dicha cantidad en todas las localidades de la
Repftblica.
Art. 2 9 La moneda de nikel sera admitida en toda elase de
operacioncs fiscales.
Dada en la sala de sesionss del Congreso Nacional, 5 10s 5
dias del mes de Mayo de 1882, afio 39 de la Independencia y 19
de la RestauracXn.-El
Presidente, A. Deetjen.-Los
Secreta-
rios : Emilio Morel, Fidelio Despradel.
E jeciitese, comuniquese por las Secretarias correspondientes,
publicdndose en todo el territorio de la Repiiblica para su cum-
plimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de
la Repiiblica, B 10s 9 dias del mes de Mayo de 1882, afio 39 de la
Independencia y 19 de la Retauracibn.-Fernando
A. de Rlwiiio.
-Refrendado : El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio,
R. R. Boscowitz.
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