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Resolución

Resolución 1935

DEL C. N. MODIFICANDO LA TARIFA PARA EL COBRO DEL FRANQUEO DE LA CORRESPONDENCIA DEL EXTERIOR

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 may de 1881fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1935.—RESOLUCION del C. N. modificando la tarifa para el cobro del franqueo de la correspondencia del exterior. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República. Considerando: que la tarifa para el cobro del franqueo de la correspondencia del exterior, debe estar de conformidad con el artículo 5º del tratado celebrado en París el 1º de Junio de 1878 sobre unión postal universal. En nombre de la República, RESUELVE: Art. 1º Regirá en el territorio de la República la siguiente TARIFA. PAISES — Cartas francas (Derecho. cent. / Recargo. cent.), Cartas no francas (Derecho. cent. / Recargo. cent.), Tarjetas postales (Derecho. cent. / Recargo. cent.), Impresos 50 gramos (Der. cho. cent. / Recargo. cent.), Paps. por 50 gramos (Derecho. cent. / Recargo. cent.), Muestras por 50 gramos (Derechos cent. / Recargo. cent.), Certificado, derecho fijo (Derecho. cent. / Recargo. cent.) Santómas, Curazao, Cuba, New York i Pto. Rico via directa. — 5 | 10 | 2 | 1 | 1 | 1 | 10 5 Id. via indirecta. — 5 5 | 10 5 | 2 1 | 1 1 | 1 1 | 1 1 Toda la Unión P. — 5 5 | 10 5 | 2 1 | 1 1 | 1 1 | 1 1 Art. 2º La presente deroga toda otra que sea contraria; y será enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación. Dada en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los 16 días del mes de Mayo de 1881, año 38 de la Independencia y 18 de la Restauración.—El Presidente, Isaías Franco.—Los Secretarios: M. de J. Aybar, F. A. Gómez y Moya. Ejecútese, comuníquese por las Secretarías correspondientes, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 21 días del mes de Mayo de 1881, año 38 de la Independencia y 18 de la Restauración.—El Presidente de la República, Fernando A. de Meriño.—Refrendado: El Secretario de Estado de lo Interior y Policía, U. Heureaux.—Refrendado: El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio, R. R. Boscowitz.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona