viernes, 16 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 2156

DEL C. N. HABILITANDO AL COMERCIO EXTERIOR EL PUERTO DE SAN PEDRO DE MACORIS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 jun de 1883fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2156.—RESOLUCION del C. N. habilitando al comercio exterior el puerto de San Pedro de Macorís. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República. Considerando: que la mira principal que tuvieron los habitantes de San Pedro de Macorís al pedir la creación de aquella común en distrito marítimo fué, la de que por tal reforma quedase habilitado su puerto para el comercio extranjero de importación, como lo estaba ya el de exportación. Considerando: que si el Congreso Nacional no dió un decreto especial que así lo declarase, fué porque juzgaba implícitamente habilitado aquel puerto al erigir el distrito; y Considerando: que es de necesidad aclarar de un todo el sentido del decreto de fecha 10 de Junio de 1882, erigiendo en distrito marítimo la común de San Pedro de Macorís. (1) RESUELVE: Unico: Se considera habilitado al comercio extranjero de importación y exportación el puerto de San Pedro de Macorís, por el mismo decreto que erigió en distrito marítimo aquella importante sección de la República. Dado en el Palacio de sesiones á los 8 días del mes de Junio de 1883, año 40 de la Independencia y 20 de la Restauración.—El Presidente, A. Deetjen.—Los Secretarios: E. Morel, S. A. de Moya. Ejecútese, comuníquese por la Secretaria correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su puntual cumplimiento. Dado en Santo Domingo, Capital de la República, á los 4 días del mes de Julio de 1883, año 40 de la Independencia y 20 de la Restauración.—El Presidente de la República. —U. Heureaux.—Refrendado: El Ministro de Guerra y Marina, encargado de los Despachos de Hacienda y Comercio, A. Wos y Gil. (1) V. Núm. 2013.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona