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Resolución

Resolución 2645

RESOLUCION DEL C. N. AUTORIZANDO AL H. AYUNTAMIENTO DE AZUA A CONTRATAR UN EMPRESTITO DE DOS MIL PESOS, Y A COBRAR UN IMPUESTO A VARIOS ARTÍCULOS DE EXPORTACION E IMPORTACION

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 jun de 1888fecha
Préstamo o financiamientotipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2645.—RESOLUCION del C. N. autorizando al H. Ayuntamiento de Azua á contratar un empréstito de dos mil pesos, y á cobrar un impuesto á varios artículos de exportación é importación. Dios, Patria y Libertad.— República Dominicana.—El Congreso Nacional. —En nombre de la República. Vista la solicitud que con fecha 11 de Mayo del corriente año, y por el órgano correspondiente, dirige á este Alto Cuerpo el H. Ayuntamiento de la común de Azua, pidiendo autorización para contratar un empréstito por la suma de dos mil pesos, y suplicando la aprobación del Congreso á la Tarifa que adjunta, imponiendo un módico recargo municipal á algunos frutos de exportación y varios artículos de importación que se introduzcan directamente del extranjero á aquel puerto; Considerando: que tanto el proyectado empréstito como el recargo tarifal se justifican por la causa de reconocida utilidad pública que lo motiva, cual es la conclusión del templo católico de aquella cabecera de Provincia; Considerando: que siendo las entradas ordinarias de aquel Ayuntamiento insuficientes para atender á sus gastos obligatorios más indispensables, tiene por necesidad que apelar á la creación de arbitrios extraordinairos para cubrir egresos de igual naturaleza, RESUELVE: Art. 1º Autorizar al H. Ayuntamiento de la común de Azua para que pueda contratar un empréstito por la suma de dos mil pesos, cuya cantidad dedicará única y exclusivamente á la fábrica del templo católico de aquella cabecera de provincia. Art. 2º Con el objeto de crear fondos para hacer frente á este compromiso, se concede al mencionado Ayuntamiento el derecho de cobrar el impuesto municipal que, á varios frutos del ramo de exportación y á determinados artículos de importación que se introduzcan directamente del extranjero á aquel puerto, establece la Tarifa que á continuación se expresa: TARIFA de Recargo Municipal que se autoriza á cobrar al Ayuntamiento Constitucional de Azua. EXPORTACION. Cueros de chivo, cada una docena $ 10 Maíz en grano, cada una fanega 05 Habichuelas cada un quintal 05 IMPORTACION Bacalao; el quintal 10 Arenques ahumados, la caja 01 Macarelas, el barril 10 Tablas de pino y todas clases de maderas, el millar de piés 2 Clavos de hierro, el quintal 10 Zinc, el quintal 10 Lámparas, cada una 05 Papel de estraza, la resma 01 Calderos, el quintal 10 Mantequilla, el quintal 15 Manteca, el quintal 15 § Los efectos de dicha tarifa cesarán tan pronto se hayan concluído los trabajos del templo mencionado, y siempre que se haya cubierto la suma montante del empréstito de que trata el artículo 1º. La presente Resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los 11 días del mes de Junio de 1888; año 45 de la Independencia y 25 de la Restauración. El Presidente.— Enrique Henriquez.— Los Secretarios.— F. Richiez Dicoudray.— S. A. de Moya. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 13 días del mes de Junio de 1888; 45 de la Independencia y 25 de la Restauración. El Presidente de la República, U. HEUREAUX. Refrendado: El Ministro de lo Interior &.— W. Figuereo.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona