Núm. 2639.—RESOLUCION del C. N. prorrogando sus sesiones por 30 días más.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional. —En nombre de la República.
Atendiendo á que no ha sido posible terminar los trabajos de la presente legislatura ordinaria durante los noventa días señalados por la Constitución Política; y en virtud de las facultades que le acuerda la misma Constitución,
RESUELVE:
Art. 1º Se prorroga por treinta días más la presente legislatura ordinaria.
Art. 2º La presente Resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la Sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 25 días del mes de Mayo de 1888; año 45 de la Independencia y 25 de la Restauración.
El Presidente.—J. M. Molina.—Los Secretarios.—F. Leonte Vásquez.—Leovigildo Cuello.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 28 días del mes de Mayo de 1888; año 45 de la Independencia y 25 de la Restauración.
El Presidente de la República,
U. HEUREAUX.
El Ministro de lo Interior y Policía.—W. Figuereo.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona